Fresh Start Texas Amnesty Program

Tenga un Nuevo Comienzo del 15 de junio al 15 de agosto, 2007, cuando la Contralora le exente, por tiempo limitado, las multas y los intereses.

¿Necesita un nuevo comienzo? Lo necesita si encuentra que tiene declaraciones vencidas e impuestos morosos. Del 15 de junio al 15 de agosto, 2007, la Contralora ofrecerá una exención única de multas e intereses para los contribuyentes que presentaron incompletamente sus impuestos o que aún no han obtenido su permiso de impuestos sobre las ventas.

La amnistía está disponible para todos los impuestos estatales administrados por la Contraloría, excepto propiedad no reclamada y la evaluación de recibos brutos de la Comisión de Utilidades Públicas. Las deudas que cumplen con los requisitos pueden relacionarse con las ventas o compras de artículos imponibles.

Las declaraciones que originalmente se vencieron antes del 1 de abril, 2007, cumplen con los requisitos para formar parte de ésta amnistía de tiempo limitado. Sin embargo, no es aplicable para las evaluaciones fiscales ya identificadas por la Contraloría, para los contribuyentes que se encuentran actualmente bajo auditoria o revisión, o para los contribuyentes que ya han sido contactados por la Contraloría acerca de una auditoria o posible deficiencia.

  • ¿No presentó sus declaraciones de impuestos, o declaró o pagó los impuestos que debía? Simplemente presente las declaraciones y pague el impuesto.
  • ¿Cometió un error en una declaración presentada previamente que resultó en un pago insuficiente de impuestos o en impuestos adicionales pagaderos? Simplemente presente una declaración enmendada.
  • ¿No tiene un permiso para recaudar o remitir impuestos de Texas? Si tiene una responsabilidad de recaudación tributaria, usted debe registrarse.
  • ¿No pagó la cantidad total pagadera para todas las declaraciones o enmiendas presentadas? Esta es su oportunidad.

Si no toma ventaja de esta oportunidad, usted será responsable por todos los impuestos, multas e intereses. Las multas pueden ser de hasta un 60 por ciento del impuesto pagadero, más intereses.